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UN DERECHO
Toda persona
tiene derecho a la educación y la sociedad debe ofrecerle los medios
necesarios
para que pueda ejercerlo en el marco de libertades proclamadas en
nuestra Constitución.
QUÉ SUPONE
La libertad de creación y dirección de centros educativos
la libertad de elección de centro por parte de las familias.
la libertad en el desarrollo de la función docente, en el marco M
Carácter Propio de cada Centro.
El derecho a recibir una formación religiosa y moral conforme a las
propias convicciones.
El derecho a la participación de los diferentes miembros de la
Comunidad Educativo en
el control y gestión de los Centros.
El derecho a la gratuidad que asegura el acceso de todos a la
educación.
PARA CONSEGUIR
El pleno desarrollo de la personalidad de los alumnos.
La formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales
de la persona.
La adquisición de hábitos intelectuales y de técnicas de trabajo.
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El desarrollo de actitudes que favorezcan la participación en la vida
social y cultura.
La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales.
La formación en el respeto a la pluralidad lingüística, cultural y
religiosa de nuestra sociedad.
La disposición para comprometerse personal y solidariamente en la
construcción de una sociedad
más humana y más justa.

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